Requisitos legales que debe cumplir tu blog (España)
Hoy en día tener un blog o página web es muy sencillo y barato, por lo que cada vez más personas se animan a crearlos. Hacerlo cumpliendo con la normativa vigente ya no lo es tanto, y he intentado explicar de forma genérica que obligaciones legales conlleva esa página web.
Vamos al lío!
LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos)
Igual que en cualquier negocio físico que utilice datos de los clientes es obligatorio cumplir con esta normativa, lo mismo sucede con las páginas webs o blogs. Ten en cuenta que sólo por el hecho de tener un formulario de contacto, ya estás obligado a cumplirla.
No es nada complicado, sólo tienes que informar mediante el servicio electrónico NOTA a la Agencia Española de Protección de Datos de la existencia de ese fichero y su uso. No es algo complicado, aunque sí que puede llevarte un rato hacerlo sobretodo la primera vez. Te dejo un pdf con la guía paso a paso para que lo consigas. Si no te ves con corazón, puedes subcontratar este trabajo a una de las muchísimas empresas que se dedican a ello (pagando claro).
Por otro lado, también tienen que saber tus usuarios que estás recogiendo algunos de sus datos y con qué finalidad lo haces. Eso se puede hacer en la misma página de Aviso Legal o creando una página específica para ello.
LSSI o Ley de Internet
Antes de que sigas leyendo, esto solo se aplica para aquellos que desarrollen una actividad económica. Qué quiere decir eso? Básicamente que ganes dinero con ella, que sea un negocio (sin entrar en que sea rentable, no es necesario que te estés forrando). Vamos, que es de aplicación si tienes anuncios de Google Adsense o similar, si vendes espacio para banners de terceros, si tienes un ecommerce… Además, también lo será si se trata de una web corporativa utilizada como tarjeta de presentación de un negocio.
Dejo un enlace a la información oficial para personas físicas con un blog o web que sacan rendimiento económico del mismo aquí. En la misma web encontrarás también las obligaciones para Empresas y Proveedores.
Básicamente te indican qué datos deberían constar de forma visible y con fácil acceso en tu página web. Si eres insaciable y quieres leerte la ley entera tal cuál fue publicada en el BOE en 2002, te dejo con el texto íntegro.
Uso de Cookies
Hace ya tiempo que entró en Europa la normativa respecto al uso de cookies en las páginas web. Puede que las estés utilizando sin ni siquiera saberlo.
Por ejemplo, si llevas un control de estadísticas de tu sitio (p.e. Google Analytics) ya estás trabajando con cookies y debes tener la aprobación de tu visitante para ello.
Es tan fácil como poner un aviso en la página informando de que utilizas cookies, en el que el lector pueda confirmar que lo ha leído u obtener más información del uso que estás haciendo de las mismas. Yo lo suelo poner en una Política de Privacidad explicando que se utilizan para mejorar la experiencia de usuario, saber más sobre sus intereses o incluso mostrar publicidad acorde a sus gustos.
Derechos de autor y Propiedad Intelectual
Que una imagen esté en Google no significa que puedas utilizarla para lo que te plazca. Hay imágenes que tienen los derechos protegidos y podría caerte un buen paquete por ponerlas en tus artículos. Fíjate bien si esa imagen es totalmente libre, si tiene copyright, o si por ejemplo permiten hacer un uso no comercial enlazando a su propietario.
Normalmente asociamos derechos de autor con imagen, aunque también es aplicable a textos, vídeos o audios. Cada vez hay más empresas especializadas en detectar un uso fraudulento de estos derechos para intentar sacar tajada.
También evita el uso de marcas registradas, sobretodo en el nombre del dominio.
Si ganas algo de pasta…
Además de cumplir con el listado anterior, tendrás que darte de alta de Autónomos (pagar religiosamente tus cuotas) y tributar por cualesquiera que sean tus obligaciones teniendo en cuenta el epígrafe de tu actividad.
A día de hoy hay bonificaciones que te dejan la cuota en 50€ durante todo un año, que debería ser tiempo más que suficiente para empezar a tener unas ganancias decentes.
Te dejo una guía básica para declarar los ingresos de internet.
Si todo esto te suena a chino, acude a tu asesor de confianza para que te ayude ya que es fácil liarla.
Tienes un ecommerce?
Si vendes algún producto en tu página, no olvides detallar bien los precios (e impuestos aplicables) explicar como funcionan los envíos y sobretodo dejar muy clara la política de devoluciones.
Además, recuerda facilitar factura de venta a tus clientes.
Extra: Si tu dominio es un .es
En los dominios .com, .net, .org o .info, es posible esconder el propietario de la web de forma tan sencilla como activando el whois privacy desde tu proveedor de dominios. Si no sabes hacerlo, éste artículo te interesa.
Un requisito a sumar a los dominios territoriales de España es el de informar de quién es esa página en cuestión, para que cualquiera pueda consultarlo. En caso de tratarse de datos falsos, te pueden dejar sin página.
He intentado ser breve ya que si el tema puede ser un tostón de por sí, solo falta que me alargue…
Crees que me he dejado algo? Añádelo tu mism@ dejando un comentario!